EXCEDÉNCIAS ATENCIÓN AL CONTRATO

EXCEDÉNCIAS ATENCIÓN AL CONTRATO

EXCEDÉNCIAS ATENCIÓN AL CONTRATO

Estos días diversos compañeros estan firmando el contrato de excedéncia acordado en el marco del ERE de 2015. Desde el SEC hemos detectado que la empresa, unilateralmente y sin avisar ni a la representación de los trabajadores ni a los empleados, ha eliminado un párrafo del documento de excedéncia, que resulta especialmente relevante. En concreto han eliminado el punto segundo del MANIFIESTAN, que dice:

"Que siendo de interés... (nombre del trabajador) suspender temporalmente su contrato de trabajo con CATALUNYA BANC, en el marco del Acuerdo de Restructuración de CATALUNYA BANC  de fecha de 31 de julio de 2015, las partes firmantes...."

Por tanto, ES IMPORTANTE que todos los empleados que firmen la excedéncia introduzcan una nueva emmienda haciendo constar que esta suspensión está dentro del Marco de l'ERE del 2015 regulado en el Acuerdo de Reestructuración de Catalunya Banc de fecha 31 de julio de 2015.

Esta emmienda se añade a la que ya haviamos explicado en comunicados anteriores, relacionada con el tema de una posible muerte o invalidez del empleado: " En relación a la estipulación séptima, no conforme ya que no responde a lo que se pactó en el Acuerdo de 31 de julio de 2015, del cual deriva este contrato. En caso de muerte o de incapacidad permanente, total o absoluta, se estará a los efectos que establece la legislación vigente".

 

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