GESTORES COMERCIALES: LA AUDIENCIA NACIONAL NO SE MOJA Y EVITA PRONUNCIARSE SOBRE SI LAS FUNCIONES DE LOS GESTORES COMERCIALES SON ESPECIALIZADAS O NO. TODO QUEDA ABIERTO

GESTORES COMERCIALES: LA AUDIENCIA NACIONAL NO SE MOJA Y EVITA PRONUNCIARSE SOBRE SI LAS FUNCIONES DE LOS GESTORES COMERCIALES SON ESPECIALIZADAS O NO. TODO QUEDA ABIERTO

GESTORES COMERCIALES: LA AUDIENCIA NACIONAL NO SE MOJA Y EVITA PRONUNCIARSE SOBRE SI LAS FUNCIONES DE LOS GESTORES COMERCIALES SON ESPECIALIZADAS O NO. TODO QUEDA ABIERTO

En relación al Conflicto Colectivo que iniciaron el SEC y CCOO para solicitar el reconocimiento de los gestores comerciales como funciones especializadas, La AUDIENCIA NACIONAL ha dictado una sentencia declarando la inadecuación de procedimiento: la sentencia dice literalmente que "el artículo 14.2.4 del convenio sectorial no permite efectuar un pronunciamiento colectivo de cara a
determinar qué trabajadores que realizan funciones de gestión comercial tienen derecho al reconocimiento del nivel retributivo 8, puesto que para determinar si las funciones encomendadas son o no de gestión comercial especializada no basta con examinar las concretas tareas de su categoría profesional sino el efectivo desempeño de las mismas por parte del trabajador en cuestión en su concreto puesto de trabajo ".

Esto supone que deberían presentar demandas individuales de los trabajadores que quisieran reclamar, para analizar, caso por caso, si cumplen los requisitos del art. 14.2.4 del Convenio.

Desde el punto de vista del SEC esta sentencia no responde a la petición realizada en el juicio por parte del SEC, ya que lo que pedíamos era el reconocimiento de las FUNCIONES de gestor comercial y gestor comercial Contigo como especializadas, por lo tanto en este caso no puede tener lugar una individualización de las demandas: "por parte de FEDERACIÓN- SEC se pretende se declare que las funciones de GESTOR COMERCIAL y GESTOR COMERCIAL CONTIGO son funciones de gestión comercial especializada a los efectos de lo previsto en el art.14.2.4 del Convenio Colectivo de Banca”

 

POR ESTOS MOTIVOS, EL SEC RECURRIRÁ DE MANERA INMEDIATA AL TRIBUNAL SUPREMO, LA SENTENCIA DICTADA POR LA AUDIENCIA NACIONAL.

ENTENDEMOS QUE EL CARÁCTER COLECTIVO ES CLARO Y ASÍ LO SEGUIREMOS DEFENDIENDO.

 

 

 

 

Os mantendremos informados.

Leave a Reply



*

Close

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies