Recientemente se han aprobado nuevos decretos que nos afectan directamente como personas trabajadoras y que conllevarán un proceso de negociación con el fin de hacer efectiva su aplicación.
Real Decreto 6/2019 de medidas urgentes para la garantía de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el empleo
El Real Decreto desarrolla medidas dirigidas a la igualdad de remuneración (auditorías salariales), la infrarrepresentación femenina en la contratación y el cambio de concepto de "conciliación" por el de ejercicio corresponsable de los derechos de vida personal, familiar y laboral. Las principales mejoras en términos de conciliación son:
1. posibilidad de adaptación de la jornada por motivos de conciliación hasta que el hijo o hija cumpla los 12 años: esto incluye la duración, la distribución y el trabajo a distancia y hay que regularlo en primer término mediante la negociación colectiva y si no, con la persona trabajadora.
2. La hora de permiso por lactancia se hace extensiva a ambos trabajadores, con la posibilidad de alargamiento hasta los 12 meses del lactante, con reducción de salario a partir de los 9 meses (sin embargo la SS ofrece una prestación económica del 100% si los 2 progenitores la ejercen con la misma duración).
3. En caso de excedencia por cuidado de hijos, ampliación de la reserva del puesto de trabajo de 12 a 18 meses si ambos progenitores ejercen el derecho.
4. De manera gradual el permiso de nacimiento, adopción y acogimiento del segundo progenitor, se amplía a las 16 semanas, equiparándose al del primer progenitor.
Por otro lado se amplían los supuestos de nulidad de extinciones contractuales en los casos siguientes:
- Se declaran nulas las extinciones de contrato durante el período de prueba, en el caso de embarazo o maternidad de la trabajadora.
- Amplía el periodo de nulidad objetiva de un contrato de 9 a 12 meses desde la reincorporación tras la suspensión por nacimiento, adopción o guarda legal.
- En despidos objetivos es necesario que la empresa acredite suficientemente que la causa objetiva de despido requiere la extinción de la persona que retorna de una suspensión.
Real Decreto 8/2019 de medidas urgentes de protección social y lucha contra la precariedad laboral
Este Real Decreto incluye como principal novedad el tema del registro de jornada:
1. Obligación de guardar un registro diario de jornada que incluirá el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada trabajador (sin perjuicio de la flexibilidad horaria)
2. La organización y documentación deberá hacerse mediante negociación colectiva o Acuerdo de Empresa.
3. La medida entrará en vigor el 12 de mayo, y su incumplimiento será considerado falta grave.
Para hacer efectivas las medidas incluidas en estos Reales Decretos, la dirección de BBVA deberá convocar a la representación laboral para llevar a cabo una negociación en los dos ámbitos afectados: la revisión del plan de igualdad para adaptarlo al nuevo Real Decreto y el establecimiento de un sistema de registro de jornada. |
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